martes, 7 de febrero de 2023

EL TRIBUNAL SUPREMO EN ESPAÑA DECLARA NULA EXCLUIR LOS TOROS DEL RECONOCIMIENTO CULTURAL por Mundotoro

 


Al unísonoEl Tribunal Supremo ha anunciado que estima el recurso que interpuso la Fundación del Toro de Lidia contra la exclusión de la tauromaquia del Bono Cultural. La sentencia reitera la naturaleza cultural de la tauromaquia, reconocida tanto por el legislador como por las resoluciones judiciales, así como la obligación impuesta a los poderes públicos de actuar positivamente en relación con el fomento de la tauromaquia, razón por la que la exclusión de los espectáculos taurinos del Bono Cultural hubiera requerido una mayor justificación.

La sentencia establece que no se puede justificar la exclusión como se pretendió por la supuesta equiparación con otras actividades también excluidas como los espectáculos deportivos, la moda o la gastronomía, por el especial reconocimiento legal que tiene la tauromaquia en sus dimensiones cultural, histórica y artística.

La sentencia estima el recurso contencioso-administrativo por no haberse justificado la exclusión de los espectáculos taurinos del ámbito de aplicación del Bono Cultural Joven, condenado también en costas a la Administración.

Según comunicación del Tribunal Supremo«La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha anulado por falta de justificación la exclusión de los espectáculos taurinos del ámbito de aplicación del Bono Cultural Joven.

La Sala ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Fundación Toro de Lidia contra el Real Decreto 210/2022, de 22 de marzo, por el que se establecen las normas reguladoras del citado Bono y anula la expresión «y taurinos» de su artículo 8.2.

Por ello, considera que la concreción que da la Ley 18/2013 al mandato de los artículos 44 y 46 de la Constitución comporta la necesidad de «una justificación singular de entidad bastante de por qué se dejan fuera del Bono Cultural Joven los espectáculos taurinos«


El Supremo obliga a incluir los toros en el Bono Cultural Joven del Gobierno

Actualizado 

La sentencia recuerda que el Legislativo ha reconocido específicamente a la tauromaquia como hecho cultural

El Supremo obliga a incluir los toros en el Bono Cultural Joven del Gobierno
RODRIGO JIMÉNEZ / EFE

ELTribunal Supremo ha anulado por falta de justificación la exclusión de los espectáculos taurinos del ámbito de aplicación del Bono Cultural Joven

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado este martes el recurso interpuesto por la Fundación Toro de Lidia contra el Real Decreto 210/2022, de 22 de marzo, por el que se establecen las normas reguladoras del citado Bono y anula la expresión "y taurinos" de su artículo 8.2.

El artículo 8, en su apartado 2, establecía que no eran subvencionables los espectáculos taurinos, además de los deportivos, junto a la adquisición de productos de papelería, libros de texto curriculares (impresos o digitales); equipos, software, hardware y consumibles de informática y electrónica, material artístico, instrumentos musicales, moda y gastronomía.

El Alto Tribunal explica que no le compete resolver si la tauromaquia, en general, y los espectáculos taurinos, en particular, son manifestaciones culturales, ya que ha sido el mismo legislador el que lo ha hecho en sentido afirmativo tal como explica con claridad la Ley 18/2013 para la regulación de la tauromaquia como patrimonio cultural. La Sala añade que el Tribunal Constitucional también ha dejado clara esa misma naturaleza cultural de los espectáculos taurinos, que el Real Decreto impugnado no niega, sino que, al contrario, parte de que poseen esa naturaleza y, por eso, tiene que excluirlos expresamente.

La conclusión a la que llega el Supremo es que ni en el expediente ni el propio texto del Real Decreto 210/2022, según resalta la demanda, hay razones que expliquen la exclusión. "No nos parecen válidas al efecto las que ofrece su preámbulo ya que únicamente dice que los espectáculos taurinos se fomentan a través de otros instrumentos y que cada Administración tiene capacidad para decidir libremente los sectores o actividades de interés o utilidad pública que fomenta y de qué modo lo hace", señala la sentencia, ponencia del magistrado Pablo Lucas.

Para la Sala, esas explicaciones genéricas, sin embargo, son "insuficientes" cuando median disposiciones legales específicas que imponen a los poderes públicos la obligación de actuar positivamente en un determinado ámbito, tal como sucede con el de la Tauromaquia.

Por ello, considera que la concreción que da la Ley 18/2013 al mandato de los artículos 44 y 46 de la Constitución comporta la necesidad de "una justificación singular de entidad bastante de por qué se dejan fuera del Bono Cultural Joven los espectáculos taurinos".

El Supremo afirma que tampoco encuentra esa justificación en las demás exclusiones que incluye el artículo 8.2 del Real Decreto 210/2022, puesto que "no hay entre ellos una identidad o conexión que permita deducir la razón de la exclusión que nos atañe, pues, sin cuestionar la relevancia que cada uno posee, sucede que respecto de los demás no hay un reconocimiento legal como el que sí existe respecto de la Tauromaquia en sus dimensiones cultural, histórica y artística".

La sentencia se refiere a que el abogado del Estado insiste en que la Administración General del Estado sí cumple con su obligación de promover la tauromaquia tal como lo prueban las iniciativas como el Premio Nacional de Tauromaquia anual de 30.000 euros; la subvención de 35.000 euros a la Fundación recurrente para la compilación de conocimientos y actividades artísticas, creativas y productivas integradas en la Tauromaquia; el proyecto Culturas del Toro de actuaciones de identificación, documentación, investigación, valoración y transmisión del patrimonio cultural vinculado a la Tauromaquia, articulado en el proyecto Las culturas del toro en los museos estatales consistente en pequeñas exposiciones virtuales de las que se han publicado tres y está en preparación otra; la exposición La memoria taurina: fotografías taurinas en los archivos estatales de la que se han celebrado dos exhibiciones (Salamanca y Sevilla) y tiene otra en preparación en Sanlúcar de Barrameda.

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