NADIE PUEDE PROHIBIR LA CULTURA,
Y MENOS AUN LA DE LOS TOROS
POR SU CARACTER POPULAR
La Tauromaquia forma parte del mestizaje cultural iberoamericano. Recientemente el alcalde de San Felipe, estado Yaracuy, en Venezuela, ha hecho público undecreto mediante el cual trata de prohibir las corridas de toros.
El alcalde evidencia desconocer que la cultura no puede ser prohibida por ningún órgano de los poderes públicos porque le pertenece al pueblo, que es quien la crea, disfruta y recrea.
La obligación de las autoridades es la de fomentar el patrimonio cultural, protegerlo,salvaguardarlo, enriquecerlo y garantizar su transmisión a las generaciones futuras, pero nuncaprohibirlo, en primer lugar porque no les pertenece y en segundo término, porque su conductatendrá un carácter delictivo tipificado como expolio cultural.
A diferencia del patrimonio monumental y natural, que pertenece a los estados, el patrimoniocultural es propiedad de los pueblos y son éstos los únicos que pueden decidir acerca de suviabilidad o existencia.
Por ello, la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO otorgaa las comunidades, grupos e inclusos a un individuo, la potestad de identificar los elementos queforman parte de su patrimonio cultural.
La misma Convención asigna a los estados que la suscribieron a fin garantizar la salvaguardia dedicho patrimonio, su obligación de inventariarlo, documentarlo, investigarlo, preservarloprotegerlo, promocionarlo, valorizarlo y a garantizar su trasmisión.
Y la Tauromaquia, aunque a algunos les pese, forma parte de ese inmenso Patrimonio CulturalInmaterial de los pueblos Iberoamericanos, conformado tanto por sus manifestaciones autóctonas,como por las expresiones aportadas por su mestizaje cultural.
Así quedó claramente asentado en el I Congreso de la Tauromaquia como Patrimonio Cultural,celebrado en la ciudad de Albacete, España de febrero pasado, al que asistieron representantes decasi todos los países taurinos del mundo, del Reino Unido y los EE.UU.
Por tal razón, la prohibición de las corridas de toros en San Felipe constituye un atropello delalcalde contra el pueblo de Yaracuy, que goza de una apreciable afición taurina, en cuyos camposhay dos ganaderías de toros bravos, Campolargo y Laguna Blanca; toreros con dilatada carrerataurina, que con orgullo ostentan el gentilicio de su tierra natal; y miles de aficionados que recorrenla geografía nacional detrás de su pasión, la Tauromaquia.
Pero igualmente, la prohibición del alcalde conduce a la a muerte el bien que supuestamentepretende proteger: El toro bravo, que quedaría condenado a desaparecer, así como desapareceríancientos de puestos de trabajo en la ciudad y el campo de hombres y mujeres que viven de y por la Fiesta de los Toros, con el consecuente daño económico que ello significa, en una Venezuela queatraviesa uno de sus peores momentos.
La decisión que no dudamos en calificar de alcaldada, vulnera derechos fundamentales protegidospor la Constitución venezolana, como es el garantizar a sus ciudadanos, niños incluidos, el libreacceso a la cultura de su entorno social, así como las disposiciones de otros tratadosinternacionales que protegen los derechos culturales como derechos humanos, y obligan a respetary proteger la diversidad cultural.
Las autoridades, llamadas a cumplir y hacer cumplir la ley, pierden toda su legitimidad cuandoactúan de espaldas de los ciudadanos y contra sus derechos, quedando expuestas a medidascorrectivas de diferentes características, que van desde la acción de amparo constitucional, hasta eldesconocimiento de su autoridad.
William Cárdenas Rubio
Presidente AIT
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