México, el eco de Barcelona: el espectáculo más culto en las manos más incultas (argumentos jurídicos para la no prohibición)
Artículo de opinión de CARLOS RUIZ VILLASUSO. sobre la decisión judicial de prohibir los toros en la Plaza México
La desinformación es directamente proporcional a la catástrofe. La desinformación, o escasa formación de los actuales gestores directos del toreo, es directamente proporcional al tamaño de la catástrofe: prohibidos los toros en CDMX. Nadie de la gestión del toreo en España se advirtió de la prohibición de Barcelona. Nadie en la gestión del toreo en CDMX se advirtió de su catástrofe. Pero, en ambos casos, la prohibición estaba anunciada. Los dos países son países de leyes. La paupérrima formación de los gestores del toreo, muy buenos al parecer en contratar y hacer ferias, pero escasamente interesados todo lo que les puede hacer inútil su trabajo. Y este desinterés que les hace ir siempre a rebufo, abrió las puertas a los éxitos de las prohibiciones. Que tienen una diferencia esencial entre lo que sucede en CDMX y lo que sucedió antaño en Barcelona y Cataluña, con lo que ahora sucede en el resto de ciudades de España. Y las diferencias siempre son en base a una ley o una Constitución.
Esta diferencia esencial España/México en cuanto a las leyes, responde a la pregunta: ¿por qué y en base a qué un Juez Federal detiene la actividad taurina en la capital mexicana? En base a una ley que justifica jurídicamente la prohibición. Sin que la parte de la Tauromaquia tenga una ley en la que ampararse. Algo muy distinto a lo que sucede en España pues, desde 2013 nos ampara la Ley de Patrimonio Cultural de los españoles, ley que no existe en la República de los Estados Unidos de México. Es decir, que, en el fondo, en España nadie puede saltarse esa ley, ni juez ni administración. Los mexicanos, al contrario, no tienen esa ley federal que los ampare. Aunque tienen otros argumentos, como veremos.
La CDMX tenía y tiene una Ley de Protección de los Animales. Esta ley logró colarse en la redacción de la reciente Constitución Política de la Ciudad de México en 2017 y está vigente desde 2018. En esa Constitución Política, el artículo 13 reconoce a los animales como “seres sintientes” y prohíbe maltrato alguno sin discriminar en tipo de animal o determinar o hacer salvedades sobre que animal y que acto. Es exactamente lo mismo que sucedió, antes de la Ley 18/2013, en Barcelona y Cataluña. Exactamente igual.
En 1999, al probarse la ley de bienestar animal de Cataluña, prohibiendo las portátiles y localizando legalmente al toreo solo a las plazas de obra, este medio alertó de que estábamos antes una prohibición encubierta. La estrategia era evidente: si solo se pueden dar toros en las plazas de obra, de propiedad pública, y no las saco a concurso, No hay toros. Como Barcelona era de propiedad privada, se elaboró un proceso pactado con Balañá para que esta propiedad siguiera con sus negocios en Cataluña, pero no diera toros. Se prohibieron en el Parlamento sin recurso constitucional de amparo por parte de la propietaria.
La ley de derechos de los animales de CDMX, que entró con habilidad política en la Constitución Política de la misma ciudad, es la ley que ampara el derecho de los animalistas para pedir a un tribunal se detenga esta actividad. Yo me pringo y pregunto a todos los gestores del toreo cómo no lo vieron. Como un humilde no gestor, un ciudadano de a pie, lo vio y ellos no. En un calco de actuación Barcelona/CDMX en el transcurso de una década. Diez años para leer, estudiar, analizar, pensar y tomar medidas. Hay una certeza que dura y nos vienen mostrando en casi tres décadas: el animalismo político es global, la tauromaquia sólo son pequeños y asilados reinos de taifas. El animalismo se estructura y trabaja en una tarea global frente a la que la Tauromaquia no tiene estructura ni piensa ni estudia. El animalismo tiene talento, trabajo, información y formación que nosotros ni tenemos ni deseamos tener. Pero, es curioso que, como el bebedor crónico, no lo reconoce. Causa primera para no solucionar el problema. Beber.
Siendo la ley para todos, pareciera que unos la usan y otros, no. Será que unos la leen y otros no. La leen después de fabricarla los animalistas, ni siquiera la leen los gestores del toreo, que se les va le tiempo en organizar ternas para plazas de ciudades que, a causa de no leer ni formarse ni informarse, son ciudades donde una ley puede hacer inútil todo tentadero, todo apoderamiento, toda estrategia, veto, regateo, contrato… para una feria o corrida. El toreo prefiere despilfarrar centenares de millones de euros en los cánones de arrendamiento, que en trabajar es esta dirección. Y, cuando se les advierte, como los gestores taurinos que lo son por herencia, son los más chingones de la clase, no hacen caso. No tenemos cimientos, pero que el tejado sea lo importante. Pero, como al lado de la crítica descriptiva siempre ha de haber, en rigor, una propuesta, es bueno adelantarla.
Primero. Los toros NO pueden haber sido prohibidos en CDMX. El juez SUSPENDE esta actividad, no la prohíbe, un matiz interesante jurídicamente. Es decir, que, lo que están afirmado los animalistas de Animal Naturas es falso. Pero nadie dice a la opinión pública que es falso. Una mentira del tamaño: los toros están prohibidos en Canarias, que es mentira pero, que en encuesta social la respuesta será que es verdad. De momento, el trabajo estructurado de los animalistas ha hecho verdad por mentira y todos los medios de todo el mundo, BBC, Le Figaro, Der Spiegel, Le Monde,… especulan con el fin del toreo a causa del fin del toreo en CDMX. ¿Cuánto invierten en comunicación la global antitaurina? ¿Qué invierte el toreo? ¿Quién del toreo gestor entiende de comunicación mas allá de la furgoneta y el altavoz, aunque sea furgoneta en Twiiter?. Nadie. No se lo digan , que se enfadan, pero de comunicar a la sociedad, los herederos no tienen ni idea.
A este respecto, hay que reseñar que la entidad que demanda en los tribunales esta suspensión en base a la Ley y a la Constitución Política de CDMX se hace llamar Justicia Justa, un brazo animalista nuevo. Esta entidad está llevando a todos los Estados de México que consideran a la Tauromaquia como Patrimonio Cultural (Aguascalientes, Nuevo León, Guanajuato, Zacatecas, Colima, Nayarit, Querétaro, Tlaxcala) uniforma de Animal Naturas en el basan la prohibición. De hecho, el Gobernador de Nuevo León ya ha tumbado esa ley tras leer el informe.
Basan con informes/fake el maltrato animal para, a su vez, basar la prohibición en ese mal trato animal Con un trabajo que, en cada folio, hay mentiras y falseadas tan barbas que un párvulo las rebate en treinta segundos. Pero es lo único que gobernadores y jueces tienen ante sus ojos y lo dan por bueno. En el toreo nadie tiene ni un libro blanco ecológico, zootécnico, económico… no existe. Tanta FTL y tanta gaita y tanto festejo con dinero público, y no existe un solo estudio científico ecológico/zootécnico/veterinario/sanitario/cultural/tradicional/jurídico/social… Ni lo tiene ANOET a nivel nacional, ni lo tiene México, ni lo tiene país alguno y, mucho menos, lo tiene el conjunto, la globalidad de los países de la Tauromaquia. Es decir, que los antis tienen todo porque trabajan para todos los lugares, y el toreo no lo tiene.
Esta suspensión, que no prohibición definitiva, está recurrida por la empresa de La México y por el propio Gobierno de la Ciudad de México. Pregunto. Si esta medida jurídica afecta a una globalidad ¿porque no se ponen recursos y apelaciones jurídicas en cada asociación, en cada gremio, incluso desde España y en un tribunal internacional? ¿Porqué? Y hacerlo, ¿en base a qué?
El Partido Verde de México, a la hora de redactar la Constitución Política de la CDMX, exigió que en el mismo artículo que declaraba a los animales como seres sintientes, se aprobara la prohibición expresa del toreo. Cuestión rechazada por el Congreso de esta ciudad concluyendo que debería proponerse, debatirse, votarse y aprobarse una ley posterior en donde se desarrollara esa cualidad del animal somo ser sintiente. Todos los grupos parlamentarios respaldaron otra propuesta que señala que una la ley secundaria determinará las medidas de protección de los animales en espectáculos públicos, las conductas que esta misma ley considere como prohibidas y las sanciones al maltrato y los actos crueles a los animales en la ciudad. En concreto, y según la Constitución Política de la CDMX.
La ley determinará:
- a) Las medidas de protección de los animales en espectáculos públicos, así como en otras actividades de acuerdo con su naturaleza, características y vínculos con la persona;
- b) Las conductas prohibidas con objeto de proteger a los animales y sanciones aplicables por los actos de maltrato y crueldad
¿Se ha propuesto, debatido, votado y, en su caso, aprobado esta Ley? No. Por tanto, esta decisión de un Juez Federal es contraria a la decisión del Congreso de la Ciudad de México, poder legislativo, es contraria a la propia ley anterior y es una decisión que va en contra de la determinación y deseo de los representantes populares del Congreso de la CDMX. Ahí está la base del recurso. Una sentencia judicial en todo país democrático no puede aplicar una ley no aprobada, no existente, demandada y prometida y aún no elaborada. No se puede actuar a priori a resultas de una suspensión que pude ser que, en futuro, no sea otra cosa que la suspensión de derechos y libertades. No hay delito a priori. No hay norma incumplida si no existe la norma que no se cumple. No hay ley incumplida si no existe la ley a la que se refiere el incumplimiento.
Es decir, que el propio Congreso, en su sesión plenaria constituyente determino y votó que NO de pueden prohibir las corridas de toros y que tendrá que AROBASE UNA LEY QUE DESARROLLEARA EL ARTICULO SOBRE LOS ANIMALES COMOS SERES SINTIENTES EN LA CONSTIOCUION POLITICA DE LA CIUDAD DE MEXICO. Por otra parte, la vigente Ley de Protección Animal de México ni la de la Ciudad de México, no prohíben las corridas de toros.
Es evidente que estamos ante una decisión de suspensión que NO OBSERVA NI EL MANDATO DE LA LEY, NI EL MANDADO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MEXICO, NI EL MANDATO DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LA CIUDAD DE MEXICO. Estamos ante un conflicto de poderes que un estado de Derecho separa. Estanos ante una decisión de un juez basada en una opinión y no en una ley. Esa es la cuestión que urge utilizar, ganar tiempo levantando la suspensión y TRABAJAR con todo el talento para armar un libro BLANCO sobre tauromaquia global, que sirva cada país y que la blinde allá donde sea como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad. Una cuestión que está avanzada de forma indirecta pero evidente en la UNESCO por el propio Estado Español.
Lean la ley. Lean las leyes. Estudien. Trabajen, Inviertan. Busquen los documentos existentes del Patrimonio Cultural Inmaterial recientes del Estado Español (año 2021) a requerimiento de la UNESCO y cambien el paso. Dejen de gastar dinero en festejos a puesta vacía. Dejen de regar con millones las arcas de las administraciones en cánones de abuso y atraco. O no nos podrá nadie la cara colorada al afirmar que éste es el espectáculo más culto regido y dirigido por las gentes mas incultas que haya tenido la historia del toreo.
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