INTRODUCCIÓN A LOS TOROS EN VENEZUELA
Un grupo de parlamentarios, todos miembros de la Comisión del Ambiente de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, suscribió e introdujo para ser discutida en cámara un Proyecto de Ley para la Protección a los Animales Domésticos, Dominados, Silvestres y Exóticos “que viven en cautiverio bajo la protección del hombre, recibiéndose en ella las atenciones mínimas que han de recibir los animales, regulándose a dicho objeto la inspección y vigilancia, las obligaciones de sus poseedores, los centros de recolección y albergues o las instalaciones para su mantenimiento temporal”.
Este documento, de tan extraño y extenso título, fue elaborado por un grupo de Organizaciones no Gubernamentales radicadas en Venezuela. Dicha Ley, según los documentos que explican la exposición de motivos que acompañó al proyecto, “tiene en cuenta los criterios previstos en la primera Declaración Universal de los Derechos del Animal, aprobado en la UNESCO y posteriormente en la ONU, en reunión celebrada en Londres del 21 al 23 de septiembre de 1977, la declaración proclamada el 15 de octubre de 1978 por la Liga Internacional y los convenios de Washington, Berna y Bonn”.(sic)
Como podrá confirmar cualquier estudioso del Derecho, este proyecto de Ley se sustenta sobre declaraciones inexistentes, falsos elementos y mentiras repetidas, ya que el Derecho del Animal no existe.
Como tampoco existe la supuesta Declaración Universal de los Derechos del Animal, que sustentaría la esencia del protecto de ley que presentó el grupo parlamentario, y que por inexistente jamás pudo haber sido aprobada por la UNESCO y mucho menos por Naciones Unidas.
Los diputados a la Asamblea que firmaron el proyecto sin haberlo leído, estudiado o discutido en ninguna de las partes, como es el deber de un representante del pueblo en el parlamento de la nación.
Los parlamentarios alegan que fueron engañados, no sabemos si en su buena fe, con un texto que no es más que un vulgar plagio bajado del Internet. Este plagio fue presentado ante la Asamblea Nacional como una herramienta jurídica a ser sancionada como Ley.
La luz de alarma se encendió, y se convocaron varias reuniones con grupos taurinos.
La primera, que arrojó importantes resultados, fue la que presidiera en la ciudad de Mérida el abogado Rafael Escalona. Produjo esta reunión un documento, en el que se analiza paso a paso el Proyecto de Ley que presentaron los diputados en la Asamblea Nacional. Allí se llegó a la conclusión que se trata de un proyecto inviable si fuera necesario de someter el proyecto a la más elemental técnica jurídica.
Más tarde vino la reunión de Maracay, donde el matador de toros Luis de Aragua, actuó como anfitrión de la reunión en la que fuimos invitados y tuvimos la oportunidad de participar en la asamblea reunida en el Patio de Caballos de la Plaza de Toros César Girón.
Luego de Maracay hubo dos reuniones, una en Valencia y otra en San Cristóbal. Tanto en Valencia como en San Cristóbal participaron diputados a la Asamblea.
Considerando lo antes expuesto, creemos pertinente ordenar un documento que explique con fundamento histórico la presencia de la fiesta de los toros en Venezuela, como parte de la nación venezolana y como un pedazo importante de su nacionalidad, y que sirva como una herramienta de sólido razonamiento que se anteponga aquí, en el plano internacional, que va en menoscabo del toreo y otras tradiciones de la nacionalidad venezolana.
Los capítulos de los orígenes y fundación del hato ganadero venezolano, han de provocar polémica. De ello estamos seguros; pero será una polémica que esclarecerá aún más la razón de la fiesta de los toros como rasgo de identidad de la nación venezolana, pues la intención del inventario taurino en este libro El toreo en Venezuela, no es otra que la de gritarle al mundo que Venezuela es una nación taurina, que lo ha sido mucho antes de convertirse en país soberano y que el toreo es parte muy importante de su identidad nacional
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